16 de abril de 2025
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Modelo 624
Sobre nosotros
¿Qué sujetos están obligados?
16 d’abril de 2025

Las personas físicas y jurídicas residentes en territorio español, los establecimientos permanentes en dicho territorio de personas o entidades no residentes y las entidades en atribución de rentas (comunidades de bienes, sociedades civiles, herencias yacentes…) siempre que sean titulares o autorizados en cuentas en el extranjero cuyo saldo conjunto sea superior a 50.000 euros. Asimismo, tienen obligación de declarar la información los titulares de valores, acciones, fondos, seguros de vida, bienes inmuebles o cualesquiera otros activos situados o depositados en el extranjero, por un importe superior conjunto a 50.000 euros.

Las personas físicas y jurídicas residentes en territorio español, los establecimientos permanentes en dicho territorio de personas o entidades no residentes y las entidades en atribución de rentas (comunidades de bienes, sociedades civiles, herencias yacentes…) siempre que sean titulares o autorizados en cuentas en el extranjero cuyo saldo conjunto sea superior a 50.000 euros. Asimismo, tienen obligación de declarar la información los titulares de valores, acciones, fondos, seguros de vida, bienes inmuebles o cualesquiera otros activos situados o depositados en el extranjero, por un importe superior conjunto a 50.000 euros.

  1. Personas físicas y jurídicas residentes en territorio español.
  2. Establecimientos permanentes en dicho territorio de personas o entidades no residentes.
  3. Entidades en atribución de rentas (comunidades de bienes, sociedades civiles, herencias yacentes…).
  • Personas físicas y jurídicas residentes en territorio español.
  • Establecimientos permanentes en dicho territorio de personas o entidades no residentes.
  • Entidades en atribución de rentas (comunidades de bienes, sociedades civiles, herencias yacentes…).

Cita
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Bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero.
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Cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero. 
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Valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidas en el extranjero.
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Por correo electrónico: hola@octoedro.com
Por teléfono: 937 07 07 50

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