Apreciado cliente:

Como ya conoce, la cotización de los trabajadores autónomos cambió a partir del 1 de enero de 2023. Desde esa fecha, la cotización se determina en función de los rendimientos netos obtenidos durante cada año natural en el ejercicio de sus actividades económicas, empresariales o profesionales.

🧾¿Cómo funciona ahora la cotización?

Los trabajadores autónomos pueden escoger una base de cotización provisional según la previsión de sus rendimientos netos anuales.

Estas cotizaciones tienen carácter provisional hasta que se regularicen conforme a los rendimientos anuales comunicados por la Administración tributaria a partir del año siguiente, una vez cerrado el ejercicio y presentada la correspondiente declaración de la renta.

⚖️ Regularización de cuotas

Si, tras el cierre del año, la Seguridad Social comprueba a través de Hacienda que los rendimientos netos han sido superiores a los previstos y que, por tanto, correspondía una base de cotización mayor, se le requerirá el pago de la diferencia de cotización, cuyo plazo de ingreso será de un mes.

🔄 Cambios de base durante el año

Dado que los ingresos pueden ser variables, resulta complicado mantener un único tramo de cotización durante todo el año. Por ello, se ha previsto la posibilidad de ajustar la base de cotización cada dos meses (hasta seis veces al año), según la evolución de la actividad, en los siguientes plazos:

📅 1 de marzo, si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el último día natural de febrero.

📅 1 de mayo, si la solicitud se formula entre el 1 de marzo y el 30 de abril.

📅 1 de julio, si la solicitud se formula entre el 1 de mayo y el 30 de junio.

📅 1 de septiembre, si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 31 de agosto.

📅 1 de noviembre, si la solicitud se formula entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.

📅 1 de enero del año siguiente, si la solicitud se formula entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre.

📩 Contacto y coste del servicio

Puede ponerse en contacto con nosotros en el correo electrónico laboral@octoedro.com para revisar su base de cotización.

Le informamos de que el estudio y la gestión de la base de cotización no están incluidos en su cuota habitual, por lo que su coste será de 60 € + IVA.